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Nota: Día Internacional del Migrante


Desde el año 2000 hasta la actualidad, el número de migrantes ha aumentado en aproximadamente 100 millones de personas. La cifra actual de migrantes en el mundo es de 271,642.105 y representa un 3.5% de la población mundial. Si bien esto no es un número muy elevado respecto de la población mundial, si es una cifra considerable como para que la situación deba ser analizada y tratada de manera organizada por los distintos Estados de la comunidad internacional.


En la 81a. Sesión plenaria de la Asamblea General, celebrada el 4 de diciembre de 2000, la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió proclamar el 18 de diciembre como Día Internacional del Migrante. La Asamblea también invita a los estados miembros, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a difundir información sobre los derechos fundamentales de los migrantes, intercambien experiencias y formulen medidas para su protección. [2] Es de especial importancia debido al creciente número de migrantes en el mundo. Según el informe de la OIM


El término migrante no cuenta con una definición jurídica uniforme a nivel internacional. Este suele usarse para abarcar tanto a migrantes como a refugiados; sin embargo, estos últimos tienen una situación de protección legal específica por distintos instrumentos internacionales que es desconocida si se tratan ambas palabras como equivalentes. [3]


Sin embargo, esto no implica que los migrantes no tengan regulación internacional especial que trate su situación. Debido a la creciente globalización, es conveniente la existencia de instrumentos internacionales destinados a la regulación de la migración. Ante esto, el 19 de setiembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes. Este, al ser un instrumento no vinculante, no generaba obligación de ser cumplido por los Estados. [4]


Esta declaración; además, incluía planes para la posterior aprobación de un pacto mundial para una migración segura, regular y ordenada. Este pacto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas en la conferencia celebrada en Marruecos los días 10 y 11 de diciembre de 2018. A pesar de que este instrumento tampoco es legalmente vinculante y solo genera obligaciones políticas, Estados como Estados Unidos, Austria, Hungría, Polonia, Estonia, República Checa, Bulgaria, Israel, Australia y República Dominicana se han desmarcado. [5] Cabe aclarar que el Perú realizó Consulta Nacional, la cual recibió aportes de 21 entidades públicas y 14 sociedades civiles. [6] En base a esta, y tomando en cuenta a los más de tres millones de peruanos que residen fuera del país, el Estado peruano adoptó el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. [7]


Este pacto nos presenta un total de 23 objetivos que se busca concretar para que, en el futuro, la movilización de migrantes pueda ser reducida al tratar las causas, o reducir hasta llegar a erradicar las formas ilegales de migración. Este Pacto tiene también obligaciones concretas, como aquellas destinadas a evitar la trata y el tráfico de personas y otras [8].


Con motivo de esta fecha, es importante que conozcamos la existencia de estos instrumentos, los cuales buscan a fin de cuentas la protección de los derechos humanos de un grupo en condiciones de especial vulnerabilidad. Esto es muy importante en nuestro contexto, pues Perú, en los últimos años, pasó de ser un país de salida a ser un país de destino de migrantes. Esto puede verse con la llegada de 728,120 venezolanos ingresados hasta marzo de 2019, con lo cual Perú pasa a no solo ser un país de tránsito hacia Chile, sino que se consolida como un país de destino final para los migrantes venezolanos. [9] Ante estas circunstancias, es conveniente el analizar los instrumentos internacionales aprobados en los últimos años y el impacto que se espera que tengan para la mejora de la situación que los migrantes viven actualmente.


[1] Organización Mundial para las Migraciones: Informe sobre las Migraciones en el mundo 2020: Capítulo 2

https://publications.iom.int/system/files/pdf/wmr_2020_es_ch_2.pdf

[2] Organización de las Naciones Unidas Consulta:14 de diciembre de 2019 https://www.un.org/es/sections/observances/why-do-we-mark-international-days/

[3] ACNUR Consulta:14 de diciembre de 2019 https://www.acnur.org/5b75aa984

[4] Organización de las Naciones Unidas Consulta:14 de diciembre de 2019 https://refugeesmigrants.un.org/es/declaration

[5]Noticias ONU Consulta:14 de diciembre de 2019 https://news.un.org/es/story/2018/12/1447231

[6] Organización Mundial para las Migraciones – Misión Perú Consulta:17 de diciembre de 2019 https://peru.iom.int/consulta_pactomundialmigracionsegura

[7]Andina Consulta 17 de diciembre de 2019 https://andina.pe/agencia/noticia-peru-adopto-pacto-mundial-para-migracion-segura-ordenada-y-regular-735685.aspx

[8]Organización de las Naciones Unidas Consulta:14 de diciembre de 2019 https://refugeesmigrants.un.org/es/pacto-mundial-sobre-los-refugiados-0

[9] Organización Internacional para las Migraciones Consulta:14 de diciembre de 2019 https://peru.iom.int/node/410

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