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LA “INDEPENDENCIA” CATALANA: ESPAÑA EN SU HORA CERO


El 27 de octubre de 2017 se marcó un hito sin precedentes en la historia de España. La región autónoma de Cataluña, por medio de su Parlamento, declaró su independencia y convocó a una Asamblea Constituyente a fin de elaborar su Carta Magna y regir su vida como un Estado libre e independiente. El gobierno de Mariano Rajoy convocó de inmediato a una Asamblea Parlamentaria, donde el Senado, con más de 200 votos hizo uso del artículo 155 de la Constitución española, destituyendo a todos los miembros del Parlamento catalán y convocó a elecciones para diciembre de este año.


Ante esta situación aguda que vive el Reino de España, hagamos un recuento de los hechos y analizar la legalidad, desde el Derecho Internacional, si la región de Cataluña es o no un Estado independiente tal como lo asegura el Presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, así como los posibles escenarios tanto para España como para Cataluña.


El 1 de octubre, contraviniendo la sentencia del Tribunal Constitucional español, se dio el referéndum (con una única pregunta: “¿Quiere que Cataluña sea un Estado independiente en forma de república?”) en la región autónoma donde cerca de 2,3 millones de ciudadanos de la región (en torno al 30% de la población catalana) votaron y el 90% se inclinó por la independencia de Cataluña a diferencia de los que votaron en contra, que tuvo un 7,8% de votos.


Autoridades catalanas afirmaron que 319 de unos 2300 centro de votación en la región habían sido cerrados por la policía, mientras que el gobierno español dijo que se habrían cerrado 92 estaciones. Pese a que, al haber sido declarado ilegal, la votación no pudo contar con el censo oficial de electores y a que muchos colegios permanecieron cerrados por orden judicial, la Generalitat da validez a los resultados del referéndum de ese domingo. Cabe señalar que, entre los detractores de la votación, éstas se llevaron a cabo sin garantías y que en los colegios que permanecieron abiertos se produjeron diversas irregularidades. Varios medios españoles reflejaron casos de personas que pudieron votar varias veces y hubo denuncias de urnas que llegaron ya llenas de votos a los colegios.


Luego del referéndum y la posible declaración de independencia de Cataluña, dos días después, el rey Felipe VI de España (en un discurso televisado) calificó de ilegal y contrario a la democracia dicho mecanismo y cuestionó duramente a las autoridades autonómicas catalanas y a los impulsadores del referéndum. A continuación un extracto de su mensaje:


“Estamos viviendo momentos muy graves para nuestra vida democrática. (…) Desde hace ya tiempo, determinadas autoridades de Cataluña, de una manera reiterada, consciente y deliberada, han venido incumpliendo la Constitución y su Estatuto de Autonomía, que es la Ley que reconoce, protege y ampara sus instituciones históricas y su autogobierno. (…) Han vulnerado de manera sistemática las normas aprobadas legal y legítimamente, demostrando una deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado. Un Estado al que, precisamente, esas autoridades representan en Cataluña. (…) Como todos sabemos, sin ese respeto no hay convivencia democrática posible en paz y libertad, ni en Cataluña, ni en el resto de España, ni en ningún lugar del mundo. (…) Son momentos difíciles, pero los superaremos. (…) Nuestros principios democráticos son fuertes, son sólidos. Y lo son porque están basados en el deseo de millones y millones de españoles de convivir en paz y en libertad. Así hemos ido construyendo la España de las últimas décadas. Y así debemos seguir ese camino, con serenidad y con determinación. En ese camino, en esa España mejor que todos deseamos, estará también Cataluña.




Sin embargo, luego de idas y venidas, dado que Puigdemont suspendió por unos días la declaración de independencia y los plazos del gobierno español que otorgó para que se decida por la situación de Cataluña, este viernes el Parlamento catalán aprobó iniciar el proceso para constituir “una República catalana como Estado independiente, soberano, democrático y social”. La proclamación está contenida en el preámbulo de una resolución aprobada al final de una encendida sesión que fue abandonada por los principales partidos contrarios a la independencia (aprobada con 70 votos a favor, 10 en contra y 2 en blanco). En la parte resolutiva de la moción, se insta al gobierno autonómico a tomar las medidas necesarias para la entrada en vigor de la llamada “Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República”, que tendría que dar lugar al inicio de un “proceso constituyente”.


Ahora bien, dicha Ley de Transitoriedad, sienta las bases legales para la ruptura entre Cataluña y España, y fue inmediatamente declarada ilegal por el Tribunal Constitucional español y es una de las razones por las que el gobierno ibérico ha acusado a la comunidad autónoma de “actuaciones ilegales y antidemocráticas”.


Poco después, en Madrid, el Senado español aprobó un paquete de medidas otorgando al gobierno español la potestad de destituir a todo el gobierno catalán y disolver el parlamento de la comunidad autónoma. Las medidas están amparadas en el artículo 155 de la Constitución española, aplicable cunado una de las regiones del país no está cumpliendo con la legalidad vigente.


Horas después, una reunión extraordinaria del consejo de ministros aprobó la puesta en marcha de las primeras medidas, entre las que se encuentran la disolución del parlamento catalán, la destitución del presidente Carles Puigdemont y la convocatoria de elecciones en esta comunidad para el próxima 21 de diciembre.


El presidente Rajoy, justificó esta decisión al considerar que es “urgente devolver la voz a los ciudadanos catalanes para que decidan su futuro”. Agrega también que “son las urnas, las de verdad, (las que tienen que establecer) los controles y garantías y las que pueden sentar las bases de la necesaria recuperación de la convivencia entre catalanes”, defendiendo la convocatoria de elecciones “libres, limpias y legales, que puedan restaurar la democracia en la comunidad autónoma”.


Junto al del presidente de la Generalitat, se confirmó el cese del vicepresidente, de todos los consejeros del gobierno catalán y del director general de la policía autonómica (conocida como Mossos D´Esquadra), Peter Soler. Además, anunció el cierre de las delegaciones del gobierno catalán en el extranjero, a excepción de Bruselas. Se confirmó también que el consejo de ministros aprobó la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional para que anule la resolución aprobada por el parlamento catalán.


Al cierre de esta edición, un Boletín Oficial del Estado declaró la designación de Soraya Sáenz de Santamaría (vicepresidenta del gobierno de España) para tomar el control de Cataluña, luego del cese de Carles Puigddemont como presidente regional y otros líderes catalanes.


Dichas medidas fueron tomadas luego de una reunión de ministros, en respuesta a la votación en el parlamento catalán para declarar su independencia. Del mismo modo, diferentes competencias de la Generalitat se dividirán entre varios ministerios del gobierno español. El Ministerio de Hacienda toma el control financiero pleno. El de Fomento se hace cargo de las principales infraestructuras catalanas, como puertos, aeropuertos y el servicio ferroviario de la Generalitat. La dirección de los Mossos d´Esquadra quedan bajo la responsabilidad del Ministerio del Interior y se instó a los uniformados a mantener la neutralidad. Asimismo, se recalcó que no se tomará control de las emisoras catalanas que, según el gobierno, se han destacado por promover la agenda independentista; por ello, la vicepresidenta Sáenz de Santamaría tendrá entre sus responsabilidades el boletín oficial de la Comunidad Autónoma y el centro de estudios de opinión.


Por otro lado, en respuesta a las medidas adoptadas por el gobierno español, Carles Puigdemont llamó a una “oposición democrática”, después de que fuese destituido como presidente de Cataluña:

“En una sociedad democrática son los parlamentos los que escogen o cesan a los presidentes. (…) Nuestra voluntad es continuar trabajando para cumplir con los mandatos democráticos y ahora buscar la máxima seguridad y estabilidad”.


Puigdemont criticó las medidas como “decisiones contrarias a las expresadas por los ciudadanos de nuestro país en las urnas”, al tiempo en que reafirmó su compromiso de “trabajar para construir un país libre”. Pidió “paciencia, perseverancia y perspectiva” a los catalanes para “defender las conquistas conseguidas hasta hoy” y mantener una “oposición democrática” a la aplicación del artículo 155 de la Constitución.


¿Cómo actúa el Derecho Internacional frente a esta situación?


Bien, partamos de un principio que contiene la Carta de las Naciones Unidas: el principio de la libre determinación de los pueblos.


La Carta de las Naciones Unidas contiene referencias expresas a dicho principio. El artículo 1.2 expresa, dentro de sus propósitos “fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos (…)”.


El 14 de diciembre de 1960, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó (con 89 votos a favor, ninguno en contra y 9 abstenciones) la resolución 1514 (XV) que contiene la “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y a los pueblos coloniales”, cuyos términos son los siguientes:


  1. La sujeción de los pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales.

  2. Todos los pueblos tienen el derecho de la libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

  3. La falta de preparación en el orden político, económico, social o educativo no deberá nunca servir de pretexto para retrasar la independencia.

  4. A fin de que los pueblos dependientes puedan ejercer pacíficamente y libremente su derecho a la independencia completa, deberá cesar toda acción armada o toda medida represiva de cualquier índole dirigida contra ellos, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional.

  5. En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aún su independencia deberán tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de raza, credo ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas.

  6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

  7. Todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la presente Declaración sobre la base de la igualdad, de la no intervención de todos los pueblos y de su integridad territorial.

Años después, el 24 de octubre de 1970, se dicta la resolución 2625 (XXV) que contiene la “Declaración de los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas”, la que en bajo el título de “El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos”, se establece que:


En virtud del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de procurar su desarrollo económico, social y cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar ese derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta.

Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción conjunta o individual, la aplicación del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, de conformidad con las disposiciones de la Carta, y de prestar asistencia a las Naciones Unidas en el cumplimiento de las obligaciones que se le encomiendan por la Carta respecto de la aplicación de dicho principio, a fin de:

  1. Fomentar las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados, y

  2. Poner fin rápidamente al colonialismo, teniendo debidamente en cuenta la voluntad libremente expresada de los pueblos de que se trate; y teniendo presente que el sometimiento de los pueblos a la subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una violación del principio así como una denegación de los derechos humanos fundamentales, y es contraria a la Carta.

(…)

Ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes se entenderá en el sentido de que autorice o fomente acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos antes descrito y estén, por tanto, dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color.

Todo Estado se abstendrá de cualquier acción dirigida al quebrantamiento total o parcial de la unidad nacional e integridad territorial de cualquier otro Estado o país.


En ambas resoluciones constatamos que los Estados, si bien está obligados a aplicar y promover este principio a todos los pueblos, caben dos detalles:


  • Se tiene como contexto a aquellos pueblos que viven bajo el colonialismo, o pertenecientes a territorios estatales invadidos por fuerzas extranjeras o sometidos a un régimen racista, tienen derecho respectivamente, a independizarse, expulsar al invasor o elegir libremente un cambio de régimen político.

  • Dicho principio no debe afectar la integridad territorial del Estado soberano e independiente.


Ninguna de estos hitos posee la región autónoma de Cataluña para invocar la supuesta independencia de España. No es una colonia y de separarse, afecta gravemente la integridad territorial española, contraviniendo no solo las resoluciones de la Asamblea General de la ONU y su Carta constitutiva, sino también los principios del Derecho Internacional.


¿Cómo ha actuado la Comunidad Internacional frente a esta situación?


Como era de esperarse, los demás Estados han manifestado su total apoyo a España y rechazado la separación independentista de Cataluña.


Estados Unidos reiteró que Cataluña es una parte integral de España; Francia mostró su apoyo al presidente Mariano Rajoy; Reino Unido manifestó su voluntad de que se respete la Constitución y la unidad de España; y Alemania dijo no reconocer la declaración de independencia y respaldó las medidas del gobierno central.


La Unión Europea también efectuó su declaración manifestando que España solucione su problema interno, y por ello invocan al diálogo.


Por su parte, el Gobierno del Perú, en un comunicado oficial de la Cancillería, ha reiterado su rechazo a cualquier acto o declaración unilateral de independencia, por ser una acción contraria a la Constitución y las leyes españolas.


Por ello, el Estado peruano renueva su pleno respaldo al Gobierno español y reafirma una vez más su confianza en que sus autoridades defenderán el orden constitucional y el ordenamiento jurídico de manera que se pueda restituir el estado de derecho y preservarse la democracia y la unidad de España.


¿Cómo sería una Cataluña “independiente” y cuáles serían los retos a enfrentar? ¿Quién gana y quién pierde ante esta situación?


Vistos estos acontecimientos, hay tres situaciones que pondrían dificultar la independencia catalana.


Primero, tener el apoyo de la comunidad internacional. Debemos sentar en claro que el reconocimiento no es una constituyente para ser un Estado (la doctrina señala en que los requisitos para ser un Estado es tener territorio, población, gobierno y capacidad para entablar relaciones internacionales), pero sí es un factor sumamente primordial sea a nivel político, económico, etc. Además, España es vista mundialmente como un Estado pacífico, sumamente comprometido con la comunidad internacional, haciendo inviable que ningún Estado (salvo alguno que también atenta principios del Derecho Internacional) se alíe con la causa catalana. Las formas de la salida, ahuyentan a los socios europeos, pues su apoyo a un proceso independentista que no cuenta con el consenso del Estado central y rompe con la Constitución del país puede hacer tambalear la base de la propia Unión Europea.


Asimismo, la transición hacia un país independiente es costos y Cataluña depende del 90% de España.


Finalmente, a pesar que los parlamentarios que aprobaron la declaración de la independencia aseguraron que asumían el mandato del pueblo, lo cierto es que no hay datos que respalden que la mayoría de la sociedad catalana quiere un Estado independiente y eso provoca una grave brecha social. Una encuesta pública de la Generalitat mostró hace meses que el 41% de los catalanes estaban a favor de la independencia, mientras que el 49% se oponía. Se prevé que actualmente la dicotomía sea de un 40-50%, o en simples palabras: mitad-mitad.


Ahora bien, Cataluña perdería lo siguiente:


  • La pertenencia a la Unión Europea: como será un Estado, deberá solicitar su ingreso a la institución y cumplir las condiciones rigurosas que esta exige; y este proceso demora años. Abandonar la UE sería una de las pérdidas más grandes para Cataluña, ya que dejaría de tener acceso a un mercado en el que las personas y los bienes pueden moverse libremente sin necesidad de visados o tasas aduaneras. Las empresas y universidades tampoco podrán participar en programas europeos de investigación, que suponen una importante fuente de financiación para muchos científicos.


  • La Eurozona: el nacimiento de una Cataluña independiente nacería con una fuga de empresas y capitales que no le permitiría hacer frente a pagos como los sueldos de sus funcionarios ni los primeros 100 días. Utilizar una moneda extranjera (debido a que Cataluña piensa hacer uso del euro como moneda) significa no poder influir sobre los tipos de cambio ni los de interés. También puede encarecer las exportaciones, reduciendo así la competitividad.


  • El Banco Central Europeo: al quedar fuera de la eurozona, también se pierde la red de seguridad que supone el Banco Central Europeo, que durante la crisis rescató a varias entidades españolas.


Asimismo, España perdería lo siguiente:


  • Su región más próspera: Cataluña registró el 2016 un PIB récord: 223 629 millones de euros. La independencia le costaría a España, decir adiós al 19% de su PIN y el 18,4% de sus empresas. El resultado sería un Estado “más pobre”; el PIB español caerían unos US$ 1000 hasta los 23 250 euros.


  • Cataluña ha desarrollado industrias pioneras en España. De las 108 963 publicaciones científicas producidas por universidades españolas entre 2006 y 2015, un 25,68% salieron de Cataluña. El 2016 las empresas de Barcelona captaron 282 millones de euros, lo que representó el 56% del total de las inversiones realizadas en España. Asimismo, pierde su puerto más importante del Mediterráneo: el puerto de Barcelona.


  • En cuanto al patrimonio cultural y turismo, de 75,3 millones de visitantes extranjeros, el 22,5% tiene destino Cataluña, que vistan sus paradisíacas playas y las montañas en los Pirineos. En cuanto a su riqueza patrimonial, destacan las obras del arquitecto Antonio Gaudí, como el Parque Güell, la Sagrada Familia y la Casa Milá.


De este modo y como ya habíamos expresado al inicio de este artículo, España se encuentra viviendo uno de sus peores momentos de su historia. Ahora el Gobierno de Rajoy, con el apoyo de la comunidad internacional intenta dictar las medidas a fin de apagar este incendio y que, de triunfar la independencia, dejaría un mal precedente, no solo para España que tiene conflicto con el País Vasco, sino también en toda Europa (Francia, Italia, Bélgica, y Reino Unido).


Otra preocupación también es seguir aplicando el tan comentado artículo 155 de la Constitución española. Por el momento, se ha destituido a los líderes de la Generalitat, se ha convocado a nuevas elecciones y el gobierno ya tomó control. Pero, ¿qué pasa si en dichas elecciones ratifican la independencia? Otro escenario sería arrestar a Carles Puigdemont junto a las cabezas de la Generalitat (y que la defensa de éstos es alegar la prisión política) o, hacer el uso de la represión policíaca española en Cataluña, acrecentando más la crisis, y que el gobierno de Rajoy, duda hacer esa potestad de la Constitución. Nada está definido aún y la duda se va incrementando conforme pasan los días.

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