Día de la Cobertura Sanitaria Universal: Desafíos que trascienden la ley en el Perú
Imagen tomada de Pinterest[1].
¿Qué es la Cobertura Sanitaria Universal (CSU, en adelante)? La CSU implica que todas las personas y comunidades reciban los servicios de salud que necesitan sin tener que pasar penurias financieras para pagarlos, esta cobertura abarca toda la gama de servicios de salud esenciales de calidad (OMS, 2019). La relevancia de la CSU para garantizar el bienestar de las personas se tornó en materia primordial a nivel mundial, por ello, en el año 2012 la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/67/81 en materia de Salud Mundial y Política Exterior, a través de la cual los Estados reconocieron la importancia de que los sistemas nacionales de salud garanticen una cobertura universal, especialmente por mecanismos de atención primaria y protección social, de modo que los sectores más pobres de la población tengan acceso a los servicios sanitarios (ONU, 2012).
Poco después, en el año 2017, la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/72/138, mediante la cual proclamó el 12 de diciembre como el Día Internacional de la Cobertura Sanitaria Universal, con la finalidad de crear consciencia conciencia de la necesidad de los Estados cuenten con CSU (ONU, 2017). Al respecto, cabe preguntarnos, ¿qué comprende una atención primaria en salud, como medio para garantizar la CSU?
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, la atención primaria supone velar por aplicar los siguientes principios: a) centralidad en la persona, con un personal médico que busque comprender el estado de salud de las personas de modo holístico, considerando sus circunstancias y necesidades, b) continuidad, lo que supone gestionar una respuesta al problema del paciente que va más allá de la atención en el consultorio e involucra un seguimiento los riesgos a su salud, c) integralidad, lo cual implica contar con centros de salud que brindan en solo espacio una gama de servicios tales como promoción de campañas de salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y atención domiciliaria (OMS, 2008).
Ahora bien, considerando que el objetivo de los Estados yace en contar con una CSU con las características descritas, ¿qué se ha avanzado en el Perú? En cuanto a ello, la disposición estatal de mayor relevancia se promulgó el 28 de noviembre de 2019, con el Decreto de Urgencia N° 017-2019, por el cual se establecieron medidas para garantizar la CSU[2], en particular, se dispuso la autorización a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud[3] (IAFAS, en adelante) a afiliar, independientemente de su condición socioeconómica, a toda persona residente en el territorio nacional que no cuente con ningún seguro de salud, con la finalidad de garantizar la protección del derecho a la salud. La referida afiliación garantizará la cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) a todos los beneficiarios de la referida norma (Decreto de Urgencia N° 017-2019, art. 2).
De este modo, personas que no cuentan con ningún seguro, se afiliarán al Seguro Integral de Salud (SIS) y podrán atenderse en un centro de salud siempre que su diagnóstico se encuentro dentro de la cobertura del PEAS[4].” Cabe señalar también que desde el 2009 el Estado peruano se trazó el objetivo de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, mediante la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, describiendo a este aseguramiento como un “proceso orientado a que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a prestaciones de salud de carácter preventivo promocional y recuperativo” (Ley N° 29344, art. 3).
Si la gesta de la cobertura universal de salud se remonta a más de una década atrás, ¿podemos decir que la Cobertura Universal de Salud se ha alcanzado por el Decreto de Urgencia N° 017-2019? La respuesta es negativa, sin embargo, dicha situación no es propia solo del Perú. En las siguientes líneas se pretende modo sucinto exponer cuáles son las principales deficiencias y desafíos del sistema de salud en el Perú, en particular aquellas vinculadas con la seguridad social en salud, tan necesaria para brindar la CSU a todos las personas en el Perú, a continuación una breve lista:
1.- Presupuesto al sector salud insuficiente. Para el año 2020 el presupuesto del sector público en el sector salud ascendía[5] S/ 18,495[6] millones mientras que el presupuesto aprobado para el año 2021 es por S/ 20,940 millones (MEF, 2020). El incremento fue de solo S/ 2,445 millones, sin embargo, el objetivo de la cobertura universal de salud es incorporar a cerca de 4 millones de personas que no contaban con seguro de salud (El Comercio, 2019), sin mencionar que en el año 2020, del presupuesto de salud anual, S/ 3,600 millones fueron destinados exclusivamente a luchar contra la pandemia Covid-19 (Asociación Médica Peruana, 2020).
2.- Estructura del sistema de salud segmentada. Coexisten al día de hoy, diversos subsistemas con distintas modalidades de financiamiento, provisión y afiliación, como son como son: “Ministerio de Salud (MINSA) y Gobiernos Regionales (GORE), Seguro Social del Perú (EsSALUD), Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú y Privados” (Villanueva, 2018). En principio las IAFAS pueden permitir que un ciudadano afiliado pueda ser atendido indistintamente en cualquier Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS), tales como hospitales, institutos, clínicas sin embargo, esto ocurre excepcionalmente, pese a la existencia de múltiples convenios entre ellas (Alcalde, 2019).
3.- Falta de personal especializado e infraestructura. De acuerdo al reporte publicado por el Ministerio de Salud, en el 2016 existía déficit de recursos humanos asistenciales en salud a nivel nacional de 47,181, profesionales (Ugarte, 2016). Asimismo, el Ministerio de Salud en el 2020 publicó un reporte de la brecha de infraestructura en salud, de acuerdo al cual entre diversos datos se informó que a nivel nacional 4665 establecimientos de salud y 187 hospitales cuentan con capacidad instalada inadecuada, expresada en la precariedad de la infraestructura, equipamiento obsoleto, inoperativo o insuficiente. Adicionalmente, el 82% de los sistemas de información para gestión clínica y administrativa no funcionan adecuadamente (Ministerio de Salud, 2020).
4.- Concentración de grupos empresariales en el sector salud y debilidad de instituciones estatales. Existe una integración vertical en el rubro de salud, esta se verifica cuando las clínicas y las aseguradoras se unen mediante fusiones y adquisiciones, de este modo, un solo ente asegura y presta el servicio. En esa línea, el presidente de Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Crisólogo Cáceres, señaló que no existe un control para que las clínicas puedan fijar el precio de sus medicamentos libremente, por lo que se requiere una ley de control de fusiones y adquisiciones la cual también tendrá influencia en la integración horizontal[7], agrega que aunque, dependiendo del plan de cobertura, un seguro de salud cubre el 90% del costo de una medicamento, es la clínica la que fija cuál es el precio del 100% del mencionado medicamento (El Comercio, 2020).
Sin duda el tema de la cobertura universal sanitaria en el Perú, tiene diversas aristas que evaluar y sobre el cual se requieren mayores investigaciones cuantitativas. A la fecha, las leyes y decretos de urgencia reflejan sin duda una voluntad política por cambiar el precario sistema de salud vigente, sin embargo, la realidad puede ser más dura de lo que parece, así, el proceso de implementación de normas, la ejecutabilidad de presupuestos y la gestión pública en general, orientada a brindar un servicio de calidad de salud son los retos generales pendientes de apremiante atención.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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Asociación Médica Peruana. (31 de agosto de 2020). El presupuesto 2021 y la salud. Recuperado de https://amp.pe/el-presupuesto-2021-y-la-salud/ (última consulta el 10 de diciembre de 2020).
Decreto de Urgencia N° 017-2019 (28 de noviembre de 2019). Decreto de Urgencia que establece medidas para la cobertura universal de salud.
El Comercio. (05 de julio de 2020) ¿Por qué las aseguradoras aceptan que las clínicas cobren precios exorbitantes por medicamentos? Recuperado de https://elcomercio.pe/lima/sucesos/por-que-las-aseguradoras-aceptan-que-las-clinicas-cobren-precios-exorbitantes-por-medicamentos-nndc-noticia/ (última consulta el 08 de diciembre de 2020).
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Ugarte C. (2016) Balances y Retos de los Recursos Humanos en Salud en el Perú [Internet]. Lima: MINSA. Recuperado de https://www.observatoriorh.org/sites/default/files/webfiles/fulltext/2016/reu_andino_oct/peru.pdf (última consulta el 10 de diciembre de 2020).
Villanueva, R. (2018). A propósito del Sistema de Salud Peruano, reflexiones de la Presidenta de la SOPEMFYC, Rosa Villanueva. Confederación Iberoamericana de Medicina Familiar. Recuperado de http://cimfwonca.org/a-porposito-del-sistema-de-salud-peruano-reflexiones-de-la-presidenta-de-la-sopemfyc-rosa-villanueva/#:~:text=El%20sistema%20de%20salud%20del%20Per%C3%BA%20presenta%20un%20modelo%20segmentado%20y%20fragmentado.&text=El%20MINSA%20da%20cobertura%20al,centros%20de%20salud%20y%20hospitales. (última consulta el 11 de diciembre de 2020).
[1] Pinterest. Recuperado de https://www.pinterest.at/pin/236227942938243411/ [2] La denominación que se utiliza en el Decreto es de “Cobertura Universal de Salud” (CUS) pero hace alusión a la Cobertura Sanitaria Universal desarrollada por la ONU. [3] De acuerdo al artículo 7 de la Ley N° 29344, son IAFAS, entre otros: Seguro Integral de Salud (SIS), Seguro Social de Salud (EsSalud), Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Entidades Prestadoras de Salud (EPS), Compañías de seguros privados de salud. [4] Actualmente se cubren 140 condiciones asegurables. De acuerdo a la Resolución Suprema Nro. Nº 021-2019-SA se creó la Comisión Multisectorial con el objeto de elaborar un informe técnico que contenga la propuesta de actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), de este se puedan coberturas más condiciones de salud a los beneficiarios del Decreto de Urgencia N° 017-2019. [5] En el año 2016 el presupuesto público del sector salud era de S/ 13,471 millones. [6] Dieciocho mil 495 millones. [7] La distinción que existe entre estos tipos de integración es que la integración vertical agrupa organizaciones que desarrollan diversas actividades o procesos a lo largo de la cadena de producción; es decir, incluye firmas que ofrecen productos o servicios diferentes y se complementan. Mientras que la integración horizontal abarca organizaciones que ofrecen los mismos bienes o servicios; en otras palabras, está conformada por empresas que compiten entre sí. Ver: Beltrán C. y Sotelo C. Integración vertical como modelo de negocio en empresas de salud privada en el Perú y su efecto en la calidad del servicio al paciente. Tesis presentada para obtener el título profesional de Licenciado en Gestión. Facultad de gestión y alta dirección. Pontificia Universidad Católica del Perú. Recuperado de http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/20.500.12404/12100/Beltr%C3%A1n%20Lozano_Sotelo%20Zavaleta_Integraci%C3%B3n_vertical_modelo1.pdf?sequence=1&isAllowed=y
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