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A 30 años del Genocidio en Ruanda


Autora: Siwima Luz Rojas Sucapuca



Imagen tomada de: El País, 2019




Aproximadamente 800 mil personas fueron asesinadas en el genocidio de Ruanda ocurrido entre abril y julio de 1994.


El genocidio empezó el 7 de abril de 2024 después de que el presidente de Ruanda, Juvenal Habyarimana, quien pertenecía a la etnia hutu, fue asesinado en el avión en el que se disponía a aterrizar en el aeropuerto de Kigali. (El País, 2019) Los hutis culpabilizaron de dicho asesinato al Frente Patriótico Ruandés (FPR), movimiento guerrillero de la etnia tutsi, por lo que, empezaron a matar a tutsis a tiros y machetazos. (El País, 2019)


El odio entre hutus y tutsis tiene sus orígenes históricos en la colonia belga impuesta en Ruanda. “Los belgas utilizaron a la minoría tutsi -que comprendía en torno al 15% de la población ruandesa- para co-gobernar con ellos y facilitarles los trabajos más sencillos y mejor remunerados.” (Cordero, 2024)

Por el contrario, la población restante -un 85%- era considerada hutu e identificada como tal y estaba subyugada al poder colonial y al de la minoría dominante tutsi. Ellos se encargaban de los trabajos más duros y degradantes (Cordero, 2024)


En atención a lo sucedido, el Tribunal Penal International para Ruanda, instituido el 8 de noviembre de 1994, tuvo como objetivo “el enjuiciamiento de los presuntos responsables de actos de genocidio o de otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidos en el territorio de Ruanda” (Aptel, s.f.)


La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948) define el genocidio como:

cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

  a) Matanza de miembros del grupo;

  b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;

  c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;

  d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

  e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.


El Estatuto de Roma (1998) define el crimen de genocidio en los mismos términos que la Convención citada. En efecto, los tutsi en su conjunto son objeto de un proyecto de exterminio, no por lo que han o habrían hecho, sino por ser lo que son. Se trata bien de «exterminio, en todo o en parte, del grupo étnico tutsi en cuanto tal». En cuanto a los opositores a la política del genocidio, fueron generalmente eliminados, fueran hutu o tutsi. (Reyntjens, 2018, p. 49)

El 07 de abril de 2004 se declaró el Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en Ruanda en 1994, a partir de una sugerencia del Consejo Ejecutivo de la Unión Africana. (Naciones Unidas, 2004)


Referencias bibliograficas


Aptel, C. (s.f.). El Tribunal Penal International para Ruanda. https://international-review.icrc.org/sites/default/files/S0250569X00018161a.pdf

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. (1948)

Cordero, A. (2024). A 30 años del genocidio tutsi en Ruanda. France 24. https://www.france24.com/es/programas/historia/20240405-a-30-a%C3%B1os-del-genocidio-tutsi-en-ruanda

El País. (2019). El genocidio de Ruanda de 1994, en imágenes. https://elpais.com/elpais/2019/04/02/album/1554217272_428255.html 

Estatuto de Roma. (1998)

Naciones Unidas. (2004). Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda. https://www.un.org/spanish/events/rwanda/antecedentes.htm

Reyntjens, F. (2018). Cuadernos Deusto de Derechos Humanos Núm. 91. El genocidio de los tutsi en Ruanda. http://www.deusto-publicaciones.es/deusto/pdfs/cuadernosdcho/cuadernosdcho91.pdf

 

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