Los esfuerzos de la ONU para enfrentar el cambio climático
En los primeros días del año 2020, han ocurrido distintos sucesos que demuestran la magnitud con la cual ha escalado el cambio climático, el cual es un fenómeno global y debe competer a todos los Estados. Se presentaron incendios forestales continuos en Australia [1], provocados por un incremento en la temperatura del país; inundaciones en Indonesia [2], las cuales afectaron la ciudad de Yakarta desde el 31 de diciembre de 2019, entre otros.
Al competer a todos los Estados, la ONU tiene al cambio climático como una de sus preocupaciones primordiales. Para hacerle frente, cuenta principalmente con tres instrumentos internacionales: el Convenio Marco de las Naciones Unidas contra el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París.
El primero de ellos tiene como finalidad establecer la estructura en base a la cual se tratará este problema. Este dispone obligaciones generales y las Conferencias de Partes, en las cuales los miembros tomarán acuerdos para concretizar el cumplimiento de las obligaciones del Convenio.
El segundo de estos instrumentos es el Protocolo de Kyoto. Este fue adoptado en la primera de estas Conferencias de Parte, en 1995. Este regula obligaciones concretas, como cumplir con metas de reducción de emisiones de gases invernadero, para los Estados más desarrollados y estableció dos periodos de compromiso: el primer periodo de compromiso comenzó en 2008 y finalizó en 2012, el segundo período de compromiso empezó el 1 de enero de 2013 y terminará el 31 de diciembre de 2020. Con este último periodo, próximo a culminar, la lucha contra el cambio climático se llevará a cabo a través de lo establecido en el Acuerdo de París.
El tercer instrumento es el Acuerdo de París. Este fue adoptado en la Conferencia de Partes 21 (COP 21), la cual se llevó a cabo en París en diciembre de 2015. Este instrumento establece obligaciones más específicas que su antecesor y obliga a más Estados. De esta manera, conforme al artículo 2, numeral 1, literal a, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, nos encontramos frente a un tratado.
Al respecto, cabe precisar que ya no se encuentran obligados únicamente los Estados más desarrollados, sino todos los Estados que son parte del acuerdo [3]. Así, el Acuerdo de Paris se concentra, principalmente, en limitar el aumento de la temperatura global a menos de 2°C, lo cual plasma en su artículo segundo [4]. Además, para ello, establece contribuciones determinadas a nivel nacional, las cuales tendrán como meta la reducción de emisión de gases de efecto invernadero.
Es relevante resaltar que el Perú contribuyó a la adopción del Acuerdo de París al establecer los antecedentes en la Conferencia de Estados Parte de la Convención de Naciones Unidas para el Cambio Climático (COP20/CMP10), la cual tuvo lugar en Lima, en diciembre de 2014. Esto lo hizo con una activa participación durante la misma [5.] Además, cabe precisar que el Perú ha ratificado el Acuerdo de París en julio de 2016, a través del Decreto Supremo No. 058-RE. Así, conforme a su artículo 21, el mismo entró en vigor para el Perú el 4 de noviembre de 2016.
A pesar de han ocurrido eventos que afectarán la consecución del fin del Acuerdo de París, como la salida de Estados Unido en 2018, se espera que este tratado contribuya a lograr el fin común de este conjunto de instrumentos: reducir el aumento de temperatura a nivel mundial.
Referencias:
[1] BBC - Incendios en Australia: por qué son tan feroces y otras claves para entender lo que está ocurriendo en el país. Consulta el 11 de enero 2020. En : https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-50992270
[2] El País - Al menos 43 muertos y 31.000 evacuados por inundaciones en Indonesia. Consulta el 18 de enero 2020. En: https://elpais.com/internacional/2020/01/02/actualidad/1577966367_736674.html
[3]UNFCCC - ¿Qué es el Acuerdo de París? Consulta el 18 de enero 2020. En: https://unfccc.int/es/process-and-meetings/the-paris-agreement/que-es-el-acuerdo-de-paris
[4] Acuerdo de París. Consulta el 18 de enero 2020. En: https://unfccc.int/resource/docs/2015/cop21/eng/10a01.pdf
[5] Para más información, revisar a Acurio, R. (2015). Negociaciones climáticas de Lima a París. Agenda Internacional, 33, 81-99.